¿Existe un Kit Digital 2027?
No de forma oficial. A 21 de octubre de 2026 no hay bases, convocatoria, importes ni fechas con ese nombre en el BOE, Red.es, Acelera pyme, España Digital ni La Moncloa. El nombre circula en webs privadas, pero no responde a ningún anuncio oficial.
¿Se puede solicitar el Kit Digital ahora?
No. Acelera pyme indica que las convocatorias del programa han finalizado, y la lista de procedimientos en plazo de la sede de Red.es no incluye ninguno de Kit Digital ni de Kit Consulting.
¿Cuándo cerró la última convocatoria?
El 31 de octubre de 2025 a las 11:00, cuando terminaron las dos que seguían abiertas: la del Segmento III, con autónomos, y la de comunidades de bienes y entidades asimiladas. Las de los segmentos I y II habían cerrado el 31 de diciembre de 2024, y la de medianas empresas, el 30 de junio de 2025.
¿La Orden TDF/39/2026 reabre el programa?
No. Publicada en el BOE el 28 de enero de 2026, mantiene las bases aplicables a las ayudas que se convoquen hasta agotar los fondos, pero no abre plazos, no cambia los beneficiarios y no crea categorías.
¿Qué pasará con el dinero que sobre?
La misma orden obliga a Red.es a reinvertir los remanentes en el programa «incluso después de 2026» y prevé nuevas propuestas de resolución para quienes solicitaron en plazo y se quedaron sin ayuda por falta de crédito. No se ha publicado cuánto queda ni cuándo se usará.
¿Hay una lista de espera oficial?
No. Las listas y preinscripciones de webs privadas no son solicitudes oficiales. Las solicitudes del Kit Digital solo se presentaban en la sede electrónica de Red.es, dentro del plazo de una convocatoria publicada.
Si una noticia habla de un «nuevo Kit Digital», ¿es oficial?
Solo si remite a unas bases o a una convocatoria publicadas en el BOE o en la sede de Red.es. Un programa distinto, con otro nombre y otras reglas, no es el Kit Digital 2027 aunque algunos titulares lo presenten así. Sin bases publicadas, no se conocen sus requisitos ni sus importes.
¿Cuánto daba el bono en las convocatorias anteriores?
Dependía del segmento: 12.000 € de 10 a menos de 50 empleados, 6.000 € de 3 a menos de 10, 2.000 € y después 3.000 € de 0 a menos de 3, 25.000 € de 50 a menos de 100 y 29.000 € de 100 a menos de 250. Son importes de convocatorias cerradas, no de una ayuda futura.
Fuente: Convocatorias del Kit Digital (BOE) y Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo
¿Quién podía pedirlo?
Pymes y personas en situación de autoempleo con domicilio fiscal en España, según su plantilla; los autónomos entraban en los segmentos I a III. Las comunidades de bienes, las sociedades civiles con objeto mercantil, las sociedades civiles profesionales y las explotaciones agrarias de titularidad compartida tuvieron una convocatoria propia.
¿Quién quedaba excluido?
Entre otros, los agentes digitalizadores adheridos y quienes estos contrataran o subcontrataran para prestar soluciones, los autónomos societarios y colaboradores, las UTE, las empresas públicas, los colegios profesionales, las comunidades de propietarios y quien ya hubiera sido beneficiario de otra convocatoria del programa.
Si ya recibí el bono, ¿podré pedirlo otra vez?
En las convocatorias anteriores, no: quien ya había sido beneficiario quedaba excluido. La excepción fue la ampliación de 1.000 € para los beneficiarios del Segmento III que tenían 2.000 €. Lo que ocurra en una ayuda futura dependerá de lo que diga su convocatoria.
¿Qué requisitos previos se pedían?
Además de encajar en un segmento, domicilio fiscal en España, al menos 6 meses de antigüedad en el censo de empresarios, estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, no estar en crisis, respetar el límite de minimis y tener hecho el test de diagnóstico digital de Acelera pyme.
¿Cómo se presentaba la solicitud?
En la sede electrónica de Red.es, mediante su formulario, por el propio solicitante, su representante legal o un representante voluntario autorizado con el modelo oficial de cada convocatoria. Era una subvención en concurrencia no competitiva: se concedía por orden de presentación hasta agotar el crédito.
¿Qué es un agente digitalizador?
El proveedor adherido al programa, el único que podía prestar las soluciones del catálogo con cargo al bono. Debía acreditar una facturación mínima y estar al corriente de sus obligaciones. El beneficiario no podía ser agente ni empresa o persona contratada o subcontratada por un agente para prestar soluciones.
¿El bono cubría el IVA?
No. El IVA, el IGIC y el IPSI devengados no eran subvencionables, según el artículo 19.2 de las bases. El beneficiario pagaba el impuesto y, si la solución costaba más que la ayuda, también la diferencia.
Tengo un bono concedido: ¿qué hago ahora?
Cumplir lo pendiente: ejecutar las soluciones, justificar cada fase en plazo y conservar la documentación al menos 4 años. Las bases siguen aplicándose hasta el cierre del expediente, reintegros incluidos. El teléfono de atención del programa para pymes y autónomos es el 900 909 001.
¿Por qué siguen saliendo resoluciones si todo está cerrado?
Porque se siguen resolviendo solicitudes presentadas en plazo. La sede de Red.es ha publicado en 2026 resoluciones de concesión del Segmento III, la última visible de 15 de octubre de 2026, sin reabrir el plazo de solicitud.
¿Hay un nuevo Kit Consulting?
No. Su convocatoria cerró el 31 de marzo de 2025. La Orden TDF/38/2026 introdujo en sus bases cambios equivalentes a los del Kit Digital sobre fondos y remanentes, sin abrir convocatoria.
¿Esta web es oficial o tramita solicitudes?
No. Es un portal privado e informativo de Nextmedia (Retail Marketing Media S.L.). No es Red.es, no representa a la Administración, no se presenta como agente digitalizador adherido y no tramita solicitudes. Los canales oficiales son el BOE, sede.red.gob.es y acelerapyme.gob.es.
¿Qué puedo hacer mientras tanto?
Prepararte sin depender de la ayuda: revisa cómo trabaja tu empresa, elige un proceso que mejorar y mide su punto de partida. Sigue el BOE y la sede de Red.es y, si quieres, apúntate en esta web para recibir un aviso cuando se publique una convocatoria.
Fuentes consultadas
Acelera pyme · Kit DigitalSede de Red.es · Convocatorias y ayudas en plazoEspaña Digital · Programa Kit DigitalRed.es · Kit Digital cierra sus dos últimas convocatoriasBOE · Orden TDF/39/2026, de 26 de eneroBOE · Orden TDF/38/2026 (Kit Consulting)BOE · Orden ETD/1498/2021, bases del Kit DigitalBOE · Orden TDF/435/2024, de 9 de mayoBOE · Extracto de la convocatoria del Segmento IIIBOE · Extracto de la convocatoria de comunidades de bienes y entidades asimiladasSede de Red.es · Convocatoria del Segmento IIISede de Red.es · Convocatoria de Kit ConsultingAcelera pyme · Notas del Kit Digital (representante voluntario)Los ejemplos son orientativos y no implican que un proyecto sea subvencionable. La financiación depende de las bases y de la convocatoria aplicable.
Para seguir explorando
- Kit Digital 2027: qué hay de oficial y qué no
- Estado actual del Kit Digital
- Lista de espera del Kit Digital 2027: por qué no es oficial
- ¿Puedo pedir el Kit Digital otra vez si ya lo recibí?
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